La ley también protege al creador de un nuevo diseño o aspecto ornamental otorgado a un objeto. La protección se dirige al aspecto estético y no al funcional de cada objeto.
Requisitos:
Datos del titular - Láminas de dibujos – Descripción del aspecto ornamental – Formularios
Desde el exterior: Poder autenticado por Notario Público y apostillado de Cancillería o Consulado